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FORMACION EN PRL

Formación en prevención de riesgos laborales: ¿sirve realmente para algo?

Carlos Martín Miguel Consultor, coordinador de formación, formador y profesor universitario de PRL

A pesar de no tener ninguna duda acerca de la respuesta a la cuestión que planteo en el titular de este artículo, por supuesto que sí tiene una extraordinaria utilidad práctica la formación en prevención de riesgos laborales para conseguir proteger la se- guridad y la salud del trabajador. Sin embargo, el éxito de la ac- ción formativa quedará ligada y dependerá de diferentes facto- res relacionados con el enfoque y la motivación que el forma- dor presente hacia esa formación pretende impartir, así como de otros factores de índole organizativos que no dependen tan- to del buen hacer del formador, sino de los medios que facilite el servicio de prevención o la empresa de formación en cues- tión. Estas y otras cuestiones son las que trataré de abordar en el presente artículo. Por tanto, no pretendo analizar la forma- ción desde la óptica, extensamente tratada ya en libros, publica- ciones e, incluso, en congresos –como en el pasado XXXIV EN- SHPO MEETING AEPSAL–, de si hacen falta más o menos ho- ras, metodología, quién puede impartirla, etc.; me voy a centrar en cuestiones, como se suele decir, “más de andar por casa”, en- focadas en el día a día de un formador y cómo ha de ser la for- mación para que podamos conseguir los objetivos marcados. Primera cuestión La primera cuestión que hemos de abordar creo que está cla- ra: ¿cualquier técnico en prevención de riesgos laborales o per- sona con conocimientos en la materia puede impartir forma- ción en prevención de riesgos laborales? Planteo esta cuestión porque existe la creencia, sobre todo en los SPAs, de que cual- quier técnico es válido para desarrollar una formación en PRL

y, sinceramente creo que esto es un error porque en muchas ocasiones me he encontrado con técnicos que a pesar de que bien no les gusta o bien no se sienten suficientemente prepa- rados, se ven obligados a impartir formación en prevención de riesgos laborales. Es cierto que una de las funciones que otor- ga el Reglamento de los Servicios de Prevención al técnico en prevención es impartir formación, pero no hemos de confun- dir el que se otorgue esa función con estar obligado a desem-

El formador ha de transmitir en todo momento la seriedad y la importancia de la formación que está impartiendo

peñarla, pues de hacerlo, la formación impartida por un técnico desmotivado no conseguirá los objetivos que se pretenden. Por otro lado, no basta con que el formador tenga conocimientos o posea la titulación de técnico en PRL: considero algo elemen- tal que, además, cuente con aptitudes pedagógicas adquiridas mediante formación o mediante la experiencia misma de la ac- tividad. Cuando hablamos de formación en prevención de ries- gos laborales creo que todo lo que tiene que ver con el forma- dor es el aspecto que menos se cuida y es un grandísimo error pues, además de lo que ya he comentado, ese formador debe ser capaz de prepararse suficientemente la formación a impartir en función del perfil del alumnado, no sólo me refiero a la ma-

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Diciembre 2018

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