Estudio la contratación de Seguridad por el Sector Público
LA CONTRATACIÓN DE SEGURIDAD POR EL SECTOR PÚBLICO
Como medio para verificar la solvencia técnica del licitador, se le requiere, en ocasiones, una relación de los principales trabajos realizados en los últimos años, de los que algunos deberán ser similares al objeto de la licitación. Incluso se llega a exigir que esos contratos anteriores alcancen un mínimo anual de varios millones de euros en su conjunto. Como particularidad, en la línea apuntada anteriormente, se llega a solicitar la acreditación de estar en posesión de certificaciones ISO de sistemas de gestión de calidad o de gestión medioambiental. Estos requisitos de solvencia técnica, de extraordinaria importancia cuando se trata de contratos de seguridad, pierden, como decíamos anteriormente, parte de su razón de ser por las transferencias de personal en los cambios de titularidad de los contratos. En todo caso, deben ponerse en relación con los métodos de ponderación precio-calidad, de forma que, para contar con licitadores de una elevada solvencia técnica, no sirve diseñar fórmulas que sólo establezcan un filtro que pueda superarse con mínimos de calidad, para desembocar en un proceso de simples precios a la baja que, en definitiva, marcarán la garantía y estabilidad del servicio. De esta forma, si el contratante pretende obtener buenas prestaciones sin valorarlas convenientemente, simplemente conseguirá revalorizar los servicios de peor calidad.
Si el contratante busca buenas prestaciones sin la adecuada ponderación precio-calidad, simplemente conseguirá revalorizar los servicios de peor calidad
En todo caso, los requisitos referidos a la solvencia técnica o económica, impuestos al amparo del RDL 3/2011 por el que se aprobaba el texto refundido de la anterior Ley de Con- tratos del Sector Público, actualmente derogada, pero vigente en el período que abarca este estudio, deberían estar vinculados al objeto del contrato y ser proporcionales al mismo.
4.4 Valoración de las ofertas
Es este el aspecto de la contratación en el sector público donde la disparidad de criterios es más acusada, hasta el punto de que, siguiendo las previsiones legales vigentes en el momento de su elaboración, podemos encontrarnos desde pliegos con un solo criterio de adjudicación, el precio más bajo, sin perjuicio de establecer unos mínimos de calidad para que la oferta sea tomada en consideración, hasta otros en los que al del precio, se añaden otros criterios para la valoración de la oferta técnica, tanto objetivos como subjetivos. Con- viene tener presente que en todos los casos se trata de servicios de vigilancia y protección de instalaciones, de similar naturaleza, llevados a cabo por vigilantes de seguridad.
26 ANÁLISIS PERÍODO 2007-2017. Fundación Borredá
Made with FlippingBook - Online catalogs