Estudio la contratación de Seguridad por el Sector Público

LA CONTRATACIÓN DE SEGURIDAD POR EL SECTOR PÚBLICO

Así como la Ley 9/2017 establece las bases para una contratación socialmente res- ponsable, la definición de los requerimientos que faciliten una contratación técnicamente responsable debe iniciarse en la normativa de seguridad pri- vada , imponiendo requisitos adicionales a las empresas para poder contratar en sec- tores estratégicos como el público, especialmente cuando se trate de infraestructuras críticas. En este sentido, la certificación exigida en el artículo 19.4 de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, cobra su verdadero valor si previamente se han elevado los requeri- mientos técnicos por la normativa administrativa correspondiente, en este caso, la Ley de Seguridad Privada y su normativa de desarrollo. En el mismo sentido, la falta de uniformidad en el establecimiento de los crite- rios de valoración de las ofertas de servicios de seguridad , da lugar a situacio- nes incompatibles con mínimos de calidad. Por la incidencia de estos servicios en la seguridad pública, la Administración debe hacer un esfuerzo normativo unificador de los criterios técnicos básicos exigibles a contratos de este tipo, que permitan la más adecuada ponderación entre el precio y la calidad estableciendo fórmulas nece- sarias para garantizarla. El sistema de penalizaciones asociado a determinados contratos, requiere medi- das correctoras para garantizar su capacidad de mejorar ciertos aspectos de la eje- cución del servicio, sin extralimitaciones en los ámbitos de seguimiento, en la cuantía de las penalizaciones o en los criterios utilizados para su valoración. La excesiva dependencia del precio y la tendencia a ajustar al máximo los servicios de seguridad ha producido una cierta parálisis de la innovación. Es necesario avanzar en fórmulas que incorporen soluciones de innovación técnica , más eficientes para la ejecución de los servicios, en beneficio tanto de la Administración licitadora como de la empresa adjudicataria. La crisis económica está favoreciendo una transformación del sector de la se- guridad privada que pasa de proveedores intensivos de mano de obra para vigilancia, a proveedores de soluciones integrales de seguridad, buscando una mejor alineación con el mercado. En cuanto a la seguridad de los aeropuertos, no tiene sentido una tasa ex- cedentaria que no puede aplicarse a la contratación de servicios de seguri- dad de alta calidad. La Administración debe replantearse el modelo de seguridad utilizado para la protección de estas instalaciones, para mejorar su calidad técnica, así como la coordinación y el control de todos los actores con absoluta diferenciación de facilitación y seguridad.

54 ANÁLISIS PERÍODO 2007-2017. Fundación Borredá

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